Comunidad de Ingeniería Civil y Gerencia de Recursos
https://www.facebook.com/CoInCiGeRe/Mg. Ing. César Jesús Díaz Coronel
Contrataciones Públicas
REGLAMENTO DE LA LEY N° 32069, LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS
Artículo 28. Capacidad máxima de contratación
28.1. La capacidad máxima de contratación es el monto hasta por el cual un ejecutor de obras está autorizado a contratar la ejecución de obras públicas simultáneamente, y está determinada por la sumatoria del monto neto de obras culminadas multiplicado por el coeficiente de gestión empresarial del ejecutor de obras, de acuerdo con la siguiente fórmula:
CMC = ∑obras * G
Donde:
CMC = Capacidad máxima de contratación
∑obras = Sumatoria del monto neto de obras culminadas durante los últimos veinte años.
(G) = Coeficiente de gestión empresarial
Donde G está compuesto por: G = a + f + e
• Factor Actividad en obras (a) Valor determinado en función de la cantidad de años de antigüedad del ejecutor en la realización de obras.
• Factor Financiero (f) Valor determinado en función de la ratio de liquidez corriente.
• Factor Ejecución de obras (e) Valor determinado en función a la relación de la sumatoria de los montos netos de obra y la sumatoria total de los montos contratados.
28.2. Los factores y sus respectivos valores, así como los puntajes aplicables a la fórmula antes descrita, se encuentran detallados en la directiva correspondiente.
28.3. La capacidad máxima de contratación otorgada se mantiene, en tanto las obras que la sustenten no superen la antigüedad de veinte años de culminadas, en cuyo caso el RNP la reduce de oficio de acuerdo con la directiva correspondiente.
28.4. En el caso de ejecutores de obra que no acrediten experiencia, se les otorga una capacidad máxima de contratación hasta por un total equivalente al monto de quinientos mil y 00/100 soles (S/ 500 000,00), en función al factor financiero que acredite ante el RNP de acuerdo con la directiva correspondiente.
Ejemplo Práctico
Un ejecutor de obras ha culminado en los últimos 20 años las siguientes obras:
Obra 1: S/ 1,200,000
Obra 2: S/ 800,000
Obra 3: S/ 500,000
Obra 4: S/ 1,500,000
Obra 5: S/ 2,000,000
Total ∑obras: S/ 6,000,000
El coeficiente de gestión empresarial G está determinado por:
Factor Actividad en obras (a) = 0.6
Factor Financiero (f) = 0.3
Factor Ejecución de obras (e) = 0.5
Cálculo de G:
G=a+f+e=0.6+0.3+0.5=1.4
Cálculo de la Capacidad Máxima de Contratación (CMC):
CMC=∑obras×G
CMC=6,000,000×1.4=8,400,000
Resultado:
La capacidad máxima de contratación de este ejecutor de obras es S/ 8,400,000, lo que significa que puede contratar simultáneamente la ejecución de obras públicas hasta por dicho monto.
Si las obras culminadas comienzan a superar los 20 años de antigüedad, el Registro Nacional de Proveedores (RNP) ajustará de oficio este monto. En caso de que el ejecutor no tenga experiencia previa, su CMC inicial será de S/ 500,000.00 soles, basada en el factor financiero acreditado ante el RNP.
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